Conozca quiénes pueden solicitar el SIACAP Solidario una vez se reglamente la Ley 191 de 18 de diciembre de 2020
Una vez se firme el Decreto Ejecutivo que reglamenta la Ley 191 de 18 de diciembre de 2020 anunciaremos la fecha de inicio del trámite y los requisitos de este para que los afiliados puedan hacer su solicitud del SIACAP Solidario.
¿Quiénes pueden solicitar el SIACAP Solidario?
- El servidor público que compruebe que su cónyuge o hijos han sido suspendidos temporalmente de sus labores o hayan cesados de éstas, durante el Estado de Emergencia Nacional. (Podrá retirar hasta el 50% del monto disponible).
- El exservidor público que mantenga saldo en el Sistema no ha cumplido la edad para el retiro de su cuenta individual y haya sido suspendido temporalmente de sus labores o cesado de éstas en el sector privado durante el Estado de Emergencia Nacional. (Podrá retirar hasta el 50% del monto disponible).
- El servidor público, afiliado al sistema, que le falte hasta un año para cumplir la edad de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres. (Podrá retirar hasta 70%).
El Gobierno Nacional promulgó la ley que permitirá a personas afectadas por la COVID-19 recibir de forma anticipada los fondos del Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos (SIACAP)
La Ley aprobada en virtud del estado de emergencia nacional, dicta medidas temporales sobre el uso de la cuenta individual de los afiliados al SIACAP para que puedan recibir el 50% o el 70% de lo ahorrado, como una medida de palear su situación económica derivada por la crisis de la pandemia.